Denuncias

Si has llegado hasta aquí es porque eres una persona de buen corazón y quieres ayudar a un animal. ¡Gracias!

Recibimos denuncias a diario y,  por exceso de trabajo y falta de recursos, no podemos comprobar todos los posibles casos de abandono o maltrato. Por eso encontrarás en este apartado una guía para ayudar a los animales.

Nosotros seguiremos colaborando con las fuerzas del orden público como hemos hecho hasta ahora, lo que nos ha valido el reconocimiento por parte de la Comandancia de la Guardia Civil de Málaga y el SEPRONA de Marbella, entre otros.

En general, las instituciones públicas no están cumpliendo la Ley, por tanto, se necesita la colaboración de los ciudadanos para ayudar a los animales que, desde el principio de los tiempos, han ayudado al ser humano con su propio esfuerzo, entrega y compañía. No te desanimes, es posible que sientas frustración, pero recuerda que tu fuerza reside en tu perseverancia. No sabemos qué llamada, qué gesto será el que produzca el cambio: Gato da lección a los Ayuntamientos

Para poder seguir defendiendo los derechos de los animales, necesitamos la participación de personas como tú, respetuosas y comprometidas con su bienestar. En definitiva: personas que ACTÚEN.

DENUNCIA O COMUNICA EL ABANDONO O MALOS TRATOS

Si sólo comunicas un hecho ante las autoridades, no formarás parte del procedimiento y NO aparecerás como denunciante. AQUÍ puedes descargarte un modelo de comunicación

Si denuncias, serás denunciante cualificado (serás parte de la denuncia), y podrás solicitar el inicio del expediente sancionador, así como que se te comunique la iniciación o el acuerdo. Podrás pedir información, ya que estarás en tu derecho. Si eliges esta opción (la más efectiva según nuestra experiencia), las fuerzas del orden público te indicarán cómo hacerlo.

PASOS QUE DEBES SEGUIR:

PASO 1

PASO 1

En el caso de que veas un caballo o caballos, así como cualquier otro animal que pudiera poner en riesgo la seguridad vial (carreteras, caminos, etc.), que esté sufriendo malos tratos o se encuentre en peligro en ese momento, LLAMA INMEDIATAMENTE AL 112 aportando todos los datos que puedas sobre los hechos, descripción y ubicación del animal (la llamada es gratuita y este servicio es el encargado de coordinar a las fuerzas del orden público correspondientes más cercanas al lugar, exactamente igual que con cualquier otro tipo de urgencia).

PASO 2

PASO 2

En el caso de animales abandonados, maltratados, en malas condiciones higiénico-sanitarias, heridos o enfermos, permanentemente atados bajo el sol o la lluvia, etc., LLAMA A LA POLICÍA LOCAL para que acuda lo antes posible.

La Policía tendrá que acudir en cumplimiento de la actual Ley andaluza 11/2003 de Protección Animal. Puede que estén atendiendo otros casos, así que, INSISTE, POR FAVOR. (Si consideras que se trata de una emergencia y la Policía local no responde, recuerda el caso 1: ante un peligro inminente, debes llamar al 112).

Igualmente, deberías comunicar el hecho por escrito al AYUNTAMIENTO del municipio donde esté el animal y solicitar el registro de entrada de tu texto. De esta manera, el ayuntamiento deberá prestar auxilio al animal. Si sólo llamas, pueden alegar desconocimiento del hecho.

PASO 3

PASO 3

Si transcurrido un tiempo prudencial, los animales siguen en las mismas condiciones, contacta con la Comandancia de la Guardia Civil más cercana y solicita hablar con el SEPRONA. Informa al agente que te atienda sobre los hechos ocurridos, envíale o facilítale el número de registro del escrito que presentaste en el ayuntamiento. También deberías darle el día y hora de tu comunicación o llamada a la Policía local.

PASO 4

PASO 4

En todos los casos de abandono y/o de malas condiciones del animal o de su entorno, podrás ejercer más presión si te pones en contacto telefónico y/o envías un correo electrónico y/o te presentas personalmente en la Oficina Comarcal Agraria (OCA) correspondiente para dar a conocer tu comunicación o denuncia. AQUÍ encontrarás información acerca de las Oficinas Comarcales Agrarias de Andalucía.

Podrás solicitar que un veterinario, experto en el tipo de animal al que estés ayudando, compruebe su estado, así como el lugar donde está ubicado para determinar si es legal o no. Ellos, a su vez, deberán exigir responsabilidades al ayuntamiento y/o fuerzas del orden, por lo que deberían ayudarte a actuar a favor del animal.

Este apartado es muy importante ya que, por ejemplo, cualquier caballo atado en un campo, está allí de manera ilegal y la Oficina Comarcal Agraria es el órgano competente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para sancionar, no sólo al propietario, sino también al dueño de la parcela o al lugar donde aparezca registrado el animal.

PASO 5

PASO 5

Puedes enviar tu comunicación o denuncia, si la situación no es de urgencia inmediata o en caso de que el animal no haya recibido asistencia aún, por correo electrónico a: ma-cmd-malaga-seprona-oftecnica@guardiacivil.org

Pincha aquí para denunciar hechos que se estén produciendo fuera de la provincia de Málaga.

ESTÁ PROHIBIDO POR LEY:

Real Decreto 804/2011 y Ley 11/2003 de 24 de noviembre de Protección Animal Andaluza.

  • Dejar equinos en solares o parcelas no valladas y sin código de explotación ganadera.
  • Que los equinos no dispongan de techado fijo contra el sol o la lluvia.
  • Que no dispongan de agua 24 h. o comida suficiente.
  • Estar atados y/o trabados por cualquier parte de su cuerpo de forma permanente.
  • Que se encuentren desatendidos y/o con heridas así como delgados y/o enfermos y no reciban atención veterinaria.

LOS RESPONSABLES DE SOLUCIONARLO SON:

  • El ayuntamiento donde se encuentre el animal a través de su Policía local.
  • La Oficina Comarcal Agraria responsable de la zona donde se encuentre el animal. (Ministerio de Agricultura y Pesca, Medio Ambiente…).
  • La patrulla del SEPRONA que designe la Comandancia de la Guardia Civil de la provincia.
  • Los juzgados en caso de supuestos delitos penales (si acudes directamente a juzgados aparecerás como denunciante).

EL PROTOCOLO DE LA ADMINISTRACIÓN DEBE SER:

  • Acudir a constatar (a la mayor brevedad posible) el estado del animal, comprobando si dispone de identificación y localizando al propietario si lo hubiera. Proceder al sacrificio humanitario de forma rápida e indolora, si fuera absolutamente necesario por su estado de gravedad.
  • Asistencia veterinaria (in situ, de ser necesaria para el traslado), la retirada inmediata del animal y su depósito en un centro concertado por el ayuntamiento, donde debe recibir las atenciones necesarias inmediatas acordes a etología y especie.
  • Prestarle los cuidados necesarios hasta su recuperación, aparición del dueño y/o cesión.

RECUERDA:

No importa lo que las fuerzas del orden y/o ayuntamientos te digan. Los párrafos anteriores están explícitos en nuestras leyes y ésas son sus obligaciones. De otra manera, podrían estar cometiendo dejación en sus funciones y/o negligencia y podrían ser denunciados, sancionados y/o cesados en sus cargos por ello.

  • TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA: Art. 13 del TFUE, donde se impone a los Estados Miembros la obligación de tratar a los animales como seres sintientes en la legislación interna de cada uno de los Estados Miembros.
  • CÓDIGO PENAL: Art. 337, 337 Bis, del maltrato y abandono animal. Art. 408, de la responsabilidad penal de los agentes de las FFyCCS por no perseguir delitos.

Si has llegado hasta aquí, posiblemente le hayas salvado la vida a un animal. Gracias.

 “El mundo es un lugar hostil para vivir, pero no por aquellos pocos que hacen el Mal, sino por los muchos que no hacen nada al respecto.” Albert Einstein